Incorporación de más RER podría costar US$ 5,300 millones


Un estudio realizado por las consultoras Gerens y Laub & Quijandría Group (LQG) advierte que elevar la participación de las Energías Renovables No Convencionales (RER) —cuya presencia actual en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) es del 16.5%— por encima del 20% generaría importantes desafíos técnicos debido a su intermitencia y falta de soporte, lo que podría representar un costo económico de hasta US$ 5,300 millones. Arturo Vásquez Cordano, director de investigación de Gerens, detalló que esta millonaria cifra se requeriría para implementar sistemas de almacenamiento con baterías, garantizar servicios complementarios y reforzar las redes de transmisión eléctrica ante la necesidad de contar con plantas de respaldo. Respecto a quién asumirá este impacto, Anthony Laub de LQG criticó que la propuesta de reglamento del Ministerio de Energía y Minas (Minem) no deja claro cómo se distribuirán los sobrecostos y advirtió que, en la práctica, terminarían siendo trasladados a las tarifas de luz de los usuarios finales.

Por otro lado, la postura de otros expertos del sector matiza estas preocupaciones. El exviceministro de Energía, Pedro Gamio, argumentó que es un error asumir que la expansión solar o eólica encarece el mercado, ya que el costo más elevado actualmente proviene de la generación con diésel; para Gamio, la solución más eficiente es incorporar renovables junto con sistemas de almacenamiento, aunque reconoció que los costos de transmisión asociados deberían ser compartidos entre generadoras, RER y consumidores. En sintonía con esto, la Sociedad Peruana de Energías Renovables (SPR) defendió que la variabilidad de las RER es predecible y gestionable mediante pronósticos, enfatizando que todas las centrales eléctricas requieren líneas de transmisión sin importar su tecnología. Asimismo, la SPR objetó formalmente el proyecto de regulación del Minem, denunciando que busca declarar los servicios complementarios como obligatorios y no remunerados, lo cual contradice la Ley N° 32249 y perjudica la viabilidad de los proveedores eficientes en el mercado.

 

Fuente: Diario Gestión, pág. 14, 05 de junio del 2026.